D. Nº. 7.421/2022.
VISTO: El Asunto número 509 de fecha 05 de setiembre de 2018: “I. de S. P/Of. N°. 924/2018, remite expediente Nº. 11.540/2017, caratulado: “Intendencia de Salto. Remite proyecto decreto solicitando desafectar uso público calles y enajenar padrones Almagro F.C.”.
RESULTANDO: I) Que surge de las actuaciones antes mencionadas, que los representantes de Almagro F.C. , solicitan a la Intendencia la donación de los predios donde se encuentra actualmente la cancha de fútbol de la referida institución deportiva, como también las fracciones de la referida institución deportiva, como también las fracciones de terrenos correspondientes al Velódromo y al Triángulo.
II) Que el motivo por el cual realizan dicha solicitud, es para realizar diferentes actividades, pudiendo ofrecer propuestas socio-culturales dirigidas a los jóvenes en particular y al público en general, lo que sería de gran beneficio para los vecinos del barrio, como también de barrios aledaños.
III) Que surge agregado título que acredita la propiedad de los referidos bienes inmuebles, como también copia del Decreto de la Junta Departamental Nº. 6.459/2009, por el cual se autorizó el Comodato por veinte años a favor de la mencionada institución deportiva, con destino a cancha de fútbol y práctica deportiva de todas las divisionales.
CONSIDERANDO: I)Que el Departamento de Deportes comparte la iniciativa promovida por la mencionada institución.
II) Que la División Agrimensura agrega informe y Croquis de Mensura a los efectos de realizar el deslinde correspondiente de parte de calles para ser desafectadas del uso público.
III) Los informes técnicos que anteceden y que es voluntad de la administración en acceder a lo solicitado, debiendo previamente realizarse el trámite de solicitud de autorización al legislativo departamental de desafectación de los tramos de calles del uso público.
ATENTO: a lo expuesto, a la solicitud de la anuencia respectiva y a lo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO
DECRETA:
Artículo 1º.- Déjase sin efecto el Proyecto de Decreto de fecha 28/08/2018, remitido a la Junta Departamental, comunicado mediante oficio Nº. 924/2018 y que luce agregado a fs. 80 a 83 en las actuaciones mencionadas en el Visto.
Artículo 2º.- Autorízase a la Intendencia de Salto, para desafectar del uso público las fracciones de calles Arapey, Corrientes, 25 de Agosto y Misiones, el que resulta según Croquis de Mensura del Ing. Roberto H. Pejo, obrante a fs. 71 a 72 de este expediente, que se adjunta a esta Resolución, formando parte de la misma.
Artículo 3º.- Autorízase a la Intendencia de Salto, a enajenar por título donación y modo tradición a Almagro F.C., los padrones 7.579 m/á, 7.593, 7.594, parte del padrón 7.583 m/á, 7.595, 7.596 m/á, 7.613, parte del padrón 7.597 m/á y las áreas resultantes de la desafectación de las calles del numeral anterior vinculadas a dichos padrones, todo según croquis de mensura del Ing. Roberto H. Pejo de enero de 2008, obrante a fs. 36 a 38 de este expediente.
Artículo 4º.- La donación es modal ya que el destino del bien donado es exclusivamente para cancha de fútbol y práctica deportiva de todas las divisionales.
Art. 5º.- Comuníquese, etc.
SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A SIETE DE JULIO DOS MIL VEINTIDÓS.
Sra. Carolina Palacios
Presidenta
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General
Salto, 7 de julio de 2022.
Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 30 votos en 30 Sres. Ediles presentes en Sala.
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General